Asesorar las normas del Covid-19 para cruceristas

Los cruceristas podrán navegar en Portugal continental sin necesidad de cubrir las pruebas de Covid-19, estén vacunados o recuperados de la cosecha y dispongan de certificado digital.

Una orden pública dictada en el Diario de la República sobre el embargo, diciembre y las licencias en el territorio de los pasajeros y las tribus de los cruceros en el campo ubicado en el territorio continental de Portugal indica que la excepción es la regulación de los pasajeros origen son los países a los que se permiten los viajes esenciales.

Firmada por los ministros de Defensa Nacional, Internaciraón Interna, Sanidad e Infraestrukturas y Vivienda, la orden también define que la comprobación de la existencia de los exigidos (certificato digitalado de vacuación Covid UE negativo test) es responsabilidad de los propietarios de los cruceros.

Definir también que la autoridad portuaria faculta al concesionario de la terminal a garantizar, en un espacio reservado al efecto, la disponibilidad de pruebas para el laboratorio de amplificación de ácidos nucleicos (TAAN) de antígenos (TRAg) para posibles excepciones el territorio de la nación sin alguna prueba del cargamento.

Pasajeros que deberán poder probar los resultados de la instalación portuaria, lo que deberá ser garantizado por la administración portuaria.

Si el resultado de la prueba es positivo, debe informarse a la autoridad sanitaria y determinar el pasajero interno obligatorio de un centro sanitario o de su domicilio.

Si la ciudad está domiciliada en el territorio nacional, deberá recogerse con el encierro en el lugar indicado por las autoridades, en los brazos del brazo crucero, el cual también se hace cargo de los gastos asociados a la manutención del pasajero durante este período. ., que amplía al tráfico marítimo las normas que ya cubrirían a los pasajeros que llegan a Portugal continental por aire y tierra.

Las definiciones definidas en la Orden están en vigor desde las 23:59 de marzo de 2022, y bajo la influencia de la evolución de la situación epidemiológica en Portugal.

La obligación de presentar una prueba negativa de Covid-19 en la entrada continental en Portugal a través de la fuerza aérea se aplicará el 7 de febrero, siguiendo la decisión adoptada por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

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