Reglas de Covid-19 relajadas para pasajeros de cruceros

Los pasajeros de cruceros ahora pueden desembarcar en Portugal continental sin hacerse la prueba de Covid-19, si están vacunados o recuperados de la enfermedad y portan un certificado digital.

Una orden conjunta publicada hoy en el Diário da República sobre las licencias de embarque, desembarque y aterrizaje de pasajeros y tripulantes de cruceros en puertos ubicados en Portugal continental indica que la excepción a la regla son los pasajeros cuyo origen es países a los que se permite viajar esencial .

Firmada por los ministros de Defensa Nacional, Administración Interior, Sanidad e Infraestructuras y Vivienda, la orden también define que la verificación de la existencia de los documentos requeridos (certificado digital de vacunación Covid UE, comprobante de vacunación o recuperación emitido por un tercer país o prueba negativa) es responsabilidad de los armadores de cruceros.

También define que la autoridad portuaria o el concesionario de la terminal deberá asegurar, en un espacio reservado para tal efecto, la disponibilidad de pruebas de laboratorio de amplificación de ácido nucleico (TAAN) o de antígeno (TRAg) para los pasajeros que excepcionalmente ingresen al territorio nacional sin realizarse la prueba, en su gastos.

Los pasajeros que necesiten pasar una prueba deberán esperar el resultado dentro de la instalación portuaria, el cual deberá ser asegurado por la administración portuaria.

Si el resultado de la prueba es positivo, la autoridad sanitaria debe ser informada y determinar el internamiento obligatorio del pasajero en un establecimiento de salud u hogar.

Si el ciudadano no está domiciliado en el territorio nacional, deberá cumplir con el confinamiento en el lugar que señalen las autoridades, a cargo del armador del crucero, quien también será responsable de los costos asociados a la alimentación del pasajero durante este período, dice la orden, que extiende al tráfico marítimo las reglas que ya cubrían a los pasajeros que llegan a Portugal continental por aire y tierra.

Las reglas definidas en la orden están en vigor desde hoy hasta las 23:59 del 20 de marzo de 2022, y pueden prorrogarse en función de la evolución de la situación epidemiológica en Portugal.

La obligación de presentar una prueba negativa de Covid-19 a la entrada en Portugal continental por vía aérea dejó de aplicarse a partir del 7 de febrero, tras la decisión tomada la semana pasada por el Consejo de Ministros.

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